Vivienda en San javier, Murcia

100.000,00 €
90 m2
2005

Descripción

LOTE 1: (AVISO: El crédito privilegiado especial reconocido en el concurso y garantizado por la hipoteca inscripción 4ª a favor del BBVA, asciende a 167.611,64 euros, a cuyo pago se aplicará el precio ofrecido en la subasta. Esa carga y todas las demás cargas registrales se cancelarán por el juzgado cuando se adjudique el piso. Se adquiere, pues, libre de cargas registrales) URBANA: NUMERO CUARENTA Y TRES.- PLANTA OCTAVA. VIVIENDA tipo E, del BLOQUE III, ubicado en la PARCELA III del Complejo Urbanístico sito en el Subpolígono G-O-B de edificación en altura y uso colectivo, que es parte del polígono G del Plan de Ordenación Urbana del Centro de Interés Turístico Nacional Hacienda de la Manga de San Javier, y que se corresponde con la Parcela G-8 de las Normas Subsidiarias Municipales, zona residencial CR1, Ensenada del Esparto, en Término Municipal de la villa de San Javier. Dirección catastral: CL VICENTE MOLINA-LA MANGA 1 Es:3 Pl:08 Pt:E; C.P. 30730 SAN JAVIER. Con acceso por la escalera y ascensor comunes. Tiene una superficie construida de 90,8 m2. y útil de 60,08 m2. Distribuida en varias dependencias. CUOTA : En el bloque : 1,963%. En el conjunto: 0,402%

Datos del Catastro

  • Uso: Residencial
  • Superficie: 90 m2
  • Antigüedad: 2005
  • Localización: pendiente
  • Clase: pendiente
  • Coeficiente participación: pendiente
  • Referencia castastral: 9904603XG9890S0043OB

Datos de la Subasta

  • Fecha de finalización: 08-04-2026 18:00:00 CET (ISO: 2026-04-08T18:00:00+02:00)
  • Localización: c/ Vicente Molina, 1. La Manga del Mar Menor
  • Valor Subasta: 100.000,00 €
  • Valor Tasacion: Ver valor de tasación en cada lote (los lotes se subastan de forma independiente)
  • Importe Depósito: None
  • Puja mínima: Ver puja mínima de cada lote (adjudicación independiente)
  • Tramos entre pujas: Ver tramos de cada lote (adjudicación independiente)
  • Cargas: Salvo que se indique otra cosa para este lote, el juzgado acordará la cancelación de las cargas anteriores en garantía de créditos concursales que no gocen de privilegio especial, como los embargos. Si son bienes afectos a créditos privilegiados, como las hipotecas, también se acordará su cancelación. IMPORTANTE: En la información publicada se ha de comprobar qué cargas se cancelarán y que, por tanto, no tendría que pagar el mejor postor, siempre que se ofrezca el mínimo establecido.