URBANA: Número CUARENTA Y TRES. - Del Conjunto Urbanístico denominado "RESIDENCIAL GOLF MARINA DE LA TORRE", FASE II, ubicado en la parcela número Doce-A, del Sector Siete, del Plan Parcial denominado "Marina de la Torre", en término de Mojácar; VIVIENDA en planta baja o nivel I del Edificio Dos, señalada con el número "Once", con acceso independiente por zona común, que se compone de distintas dependencias y servicios, con una superficie construida de setenta metros, cinco decímetros cuadrados, teniendo además una terraza cubierta de veintidós metros, veinte decímetros cuadrados, y otra descubierta de trece metros, cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Considerando el frente el lindero Este, linda todo: frente, zona común; derecha entrando y espalda, subsuelo del terreno; izquierda, vivienda señalada con el número Diez. -Le corresponde una CUOTA de participación en los elementos comunes del Conjunto de que forma parte del cero coma trescientos sesenta y tres por ciento.