Solar en Murcia, Murcia

100.000,00 €
0 m2

Descripción

LOTE 7.- (AVISO: Puja mínima admisible: 89.451,90 euros. Consta afección urbanística caducada. Se advierte que, si la urbanización de la UA 1 del TM 203 no está concluída, al adjudicatario le corresponderá hacer frente a la cuota que corresponda hasta el fin de las obras) Solo se subasta el 29,9993% INDIVISO DEL PLENO DOMINIO de la siguiente finca. parcela de forma irregular, número 3a del Proyecto de innecesariedad de reparcelación de la Unidad Especial donde se integra, destinada a la edificación, que se ubica en la Unidad de Actuación I de la adaptación del Plan Parcial TM-203 DE LA ÑORA - MURCIA en término de Murcia, partido de La Ñora. Dirección catastral: CL ESPLENDIDA 3(A) P UA I TM 203 LA ÑORA C.P. 30830 MURCIA. Con una superficie de 650,37 m2. Linda: Norte, parcela 3b de la U. A. en que se integra; Sur, calle F de la U. A. en que se integra; Este, calle Río Segura y Oeste, calle B de la U. A. en que se integra.- Tiene una edificabilidad de 840,14 m2. NORMAS URBANISTICAS: USO CARÁCTERISTICO: RESIDENCIAL HILERA/ADOSADAS. OCUPACION DE PARCELA: La ocupación en planta de sótano es de 650,37 m2; la ocupación en planta baja es de 486,87 m2; la ocupación en plantas altas es de 486,87 m2 más vuelos...(Ver descripción completa en el edicto).

Datos del Catastro

  • Uso: Obras de urbanización y jardineria, suelos sin edificar
  • Superficie: 0 m2
  • Antigüedad: None
  • Localización: pendiente
  • Clase: pendiente
  • Coeficiente participación: pendiente
  • Referencia castastral: 8763601XH5086S0001IG

Datos de la Subasta

  • Fecha de finalización: 29-07-2026 18:00:00 CET (ISO: 2026-07-29T18:00:00+02:00)
  • Localización: c/ Espléndida, 3. La Ñora
  • Valor Subasta: 100.000,00 €
  • Valor Tasacion: Ver valor de tasación en cada lote (los lotes se subastan de forma independiente)
  • Importe Depósito: None
  • Puja mínima: Ver puja mínima de cada lote (adjudicación independiente)
  • Tramos entre pujas: Ver tramos de cada lote (adjudicación independiente)
  • Cargas: Salvo que se indique otra cosa para este lote, el juzgado acordará la cancelación de las cargas anteriores en garantía de créditos concursales que no gocen de privilegio especial, como los embargos. Si son bienes afectos a créditos privilegiados, como las hipotecas, también se acordará su cancelación. IMPORTANTE: En la información publicada se ha de comprobar qué cargas se cancelarán y que, por tanto, no tendría que pagar el mejor postor, siempre que se ofrezca el mínimo establecido.